Se aprueba proyecto de ley que garantiza velocidad mínima de Internet en Chile

Proveedores tienen desde ahora 6 meses para informar a consumidores

Se aprueba proyecto de ley que garantiza velocidad mínima de Internet en Chile

Proveedores tienen desde ahora 6 meses para informar a consumidores

De forma unánime esta mañana la Cámara de Diputados de Chile aprobó el proyecto que modifica la Ley General de Telecomunicaciones para establecer la obligación de una velocidad mínima garantizada de acceso a Internet. En septiembre pasado se aceptó en las votaciones de la Comisión Mixta, ahora era la labor de los diputados dar la aprobación final, la cual se logró con éxito.

Según informa el departamento de prensa de la Cámara se aprueba lo siguiente:

"El texto legal obliga a los proveedores de acceso a internet a garantizar un porcentaje de las velocidades promedio de acceso, para los distintos horarios de mayor y menor congestión, ofrecidas en sus planes comerciales, en las conexiones nacionales e internacionales, alámbricas e inalámbricas. Además, deberán poner a disposición de los usuarios un sistema o aplicación que permita la medición de dichas velocidades y parámetros técnicos asociados."

Con esto se busca evitar publicidades engañosas y que las velocidad contratadas queden explícitas en dicho contrato y que no bajen de lo acordado. Es una práctica aún común de las empresas ofrecer planes de X MB que bajan a una velocidad mínima luego de sobrepasada una cantidad consumida de datos, ello ahora deberá evitarse o especificarse por completo.

Por ejemplo: El contrato debe ser sumamente claro en indicar si es que hay bajas de velocidad, especificando horarios y por qué sucede esto (conexiones internacionales, si se ocupa por cable o no, etc). Como menciona el texto, se debe garantizar una velocidad promedio mínima basada en todos esos factores.

Siguiendo con dicho punto, con esto se obliga a que los proveedores de Internet ofrezcan aplicaciones gratuitas a sus consumidores que permitan verificar la velocidad de Internet. Si el cliente ve que no se cumple lo establecido puede establecer un reclamo y solicitar la reparación del servicio, o incluso recibir una compensación por el tiempo total que el servicio estuvo defectuoso. En caso de la que la compañía no resuelva el tema, la Subtel intervendrá a favor del cliente.

Finalmente, con la modificación ya aprobada, "los proveedores de acceso a internet tendrán un plazo de 6 meses para informar a sus clientes las velocidades promedio, en los distintos tramos horarios de mayor o menor congestión, que corresponden a sus respectivos contratos," menciona el comunicado.

Imagen: El Mostrador
Imagen: El Mostrador

[Fuente]

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