Amenazan con carta a usuarios por descargas con Copyright

Recopilan tus datos advirtiendo posibles acciones legales

Amenazan con carta a usuarios por descargas con Copyright

Recopilan tus datos advirtiendo posibles acciones legales

Una curiosa situación vivió un cliente de Claro Chile, al llegar a su domicilio llegó una carta de la compañía la cual incluía otra firmada por la Asociación de Productores Fonográficos de Chile A.G. en la cual se le acusa de infringir derechos de autor por compartir UNA canción mediante torrent.

En la extensa misiva se busca que la compañía informe al consumidor responsable sobre el hecho y se le advierte a modo de amenaza que se detenga en su acto ilícito o de lo contrario podrían tomarse acciones legales en su contra. En las cartas (Galería) se hace especial énfasis por "compartir" por Torrent la canción “Stay with me” de Sam Smith. Si bien esta clase de situaciones no son nuevas, el proceso por el cual se nos hace llegar la carta es poco claro.

Hablamos al respecto de esto con José Huerta de ONG Cívico y Neutralidad Si, quien nos explica sobre la situación y que estas cartas son una advertencia de que tu IP sale en los datos de BitTorrent y que dejes de compartir los archivos protegidos pues tienen la facultad de poder demandarte. Sobre como obtienen la IP, Huerta explica: contratan empresas que se dedican a participar de sitios de torrents o de distribución P2P (peer to peer), esas empresas loguean las IPs del pool de seeds que tiene cada archivo, luego ven a que proveedor de internet corresponde cada una y con eso, le mandan la carta al ISP para este se la haga llegar a su cliente.

Referente a dicha práctica para rastrear a la gente José destaca que el procedimiento es altamente discutible, para detectar el acto ilegal el titular de los derechos de autor incentiva que se distribuya el archivo al participar de la red P2P. La equivalencia sería que un carabinero le comprara drogas a un narcotraficante para atraparlo. Los tribunales han señalado en variadas ocasiones que es ese tipo de material probatorio no es admisible en juicio, ya que la policía estaría instigando la comisión del delito. Por analogía, me parece que el mismo criterio se debiese aplicar a las redes P2P y las infracciones de propiedad intelectual.

Carta enviada por la Asociación de Productores Fonográficos de Chile

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